Auditoría RPC

Auditoría RPC , primera fase de la implementación

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AUDITORÍA RPC

La responsabilidad penal de las personas jurídicas es una realidad cierta que añade una nueva complicación legal en la gestión de las empresas. Pese a los tiempos y las circunstancias de sobrecarga de obligaciones normativas, el legislador ha querido establecer de forma expresa una nueva obligación, dura y de difícil gestión a las personas jurídicas privadas (las públicas y semi públicas, sindicatos y partidos políticos, están exentas de este tipo de responsabilidad.

Para ello, con una técnica legislativa precipitada y de dudosa interpretación, ha reformado por 26ª vez el manido Código Penal desde su creación en 1995, estableciendo una relación de delitos de los cuales las personas jurídicas deben responder, pese a que no pueden ser efectuados por ellas mismas, y en algunos casos, la comisión de dichos delitos, en nada les beneficie. Los incumplimientos de la norma son sancionados con un catalogo muy contundente de penas que pasan desde las multas económicas hasta el mismo cierre y venta de la compañía afectada.

Tampoco conviene menospreciar el coste en la imagen y reputación de una empresa que puede tener una imputación de este tipo. En estas condiciones, las empresas vuelven a estar en una situación legal comprometida, ya que pueden ser acusadas y condenadas por hechos que no han cometido directamente y que puede comportar multa e incluso el cierre.